Para los antiguos habitantes los tatuajes eran signo de importancia, reservados para nobles, sacerdotes y guerreros valerosos. Estos eran combinados con otras costumbres como la escarificación, pintura corporal y facial, mutilación y decoración dentaria, horadación de labios, tabiques nasales y lóbulos para portar bezotes, narigueras y orejeras de oro, obsidiana o barro.

Hay evidencias de su uso en restos humanos preservados, como la momia de Comatlan, Oaxaca en el siglo XIX. Un estudio en 1889, reportó tatuajes de líneas y grecas de color azul y negro en los brazos.

Incluso el uso de tatuajes fue reportado en las crónicas y descripciones de los frailes y conquistadores españoles del siglo XVI. Ejemplo de estos es el relato de esta práctica entre los pueblos mayas que hizo fray Diego de Landa, en su «Relación de las Cosas de Yucatán», que en el capítulo XXII inicia diciendo:

“Lábranse (tatúanse) los cuerpos y cuanto más (por) tanto más valientes y bravos se tenían, porque el labrarse (tatuarse el cuerpo) era gran tormento. Y era de esta manera: los oficiales (especialistas) de ello labran la parte (del cuerpo) que querían con tinta y después cortábanle) delicadamente (en) las pinturas y así, con la sangre y la tinta, quedaban en el cuerpo las señales; y que se labraban poco a poco (las partes del cuerpo) por el gran tormento que era, y también se (ponían) malos porque se les enconaban (infectaban) las labores (tatuajes) y supurábanse (escurriendo pus) y que con todo esto, (los indios tatuados) se mofaban de los que no se labraban (tatuaban)…”.

Con la invasión y colonización española en el siglo XVI, las autoridades eclesiásticas y civiles del México Colonial consideraron que el tatuaje y todas estas formas de decoración corporal eran incompatibles con la vida cristiana y europea.

Estas “enseñas y símbolos de su pasado prehispánico, que era gentil, idolátrico, pagano y bárbaro, podían ser indicio de un ofrecimiento y encomienda a los Demonio del pasado”.

Por ello, se prohibió su uso y se mandó sancionar a los infractores con pena de prisión con cien azotes públicos, según las Ordenanzas Reales de 1546.

La “pintura corporal”, no fue prohibida tras la conquista. Esta persistió como una práctica común, puede ser apreciada en los murales del período clásico y en las vasijas policromadas que representan guerreros completamente cubiertos de pintura negra o roja. Los jóvenes solteros hacían uso de la pintura corporal durante ciertos rituales de purificación y ayuno. Y los sacerdotes Mayas pintaban su cuerpo de color azul.

Por ALF