En casos de custodia, la voz de niñas y niños debe ser escuchada por regla

En casos de custodia, la voz de niñas y niños debe ser escuchada por regla

Alejandro Ávila

Veracruz, Ver.- Ante la polémica generada por el caso de la actriz Maribel Guardia y la custodia de su nieto, Daniela del Carmen Suárez de los Santos, jurista especializada en derechos humanos e integrante del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en Boca del Río, explicó que, en los juicios de custodia, los jueces tienen la obligación legal de escuchar la opinión de niñas, niños y adolescentes, garantizando su protección y evitando su revictimización.

«Esta decisión se tomará con base en lo que sea mejor para el niño, considerando su edad y escuchándolo. Antes se creía que los menores no sabían qué era lo mejor para ellos o que no debían ser escuchados. Actualmente, esto ha cambiado: los jueces tienen la obligación de oírlos, cuidando siempre que no sean revictimizados y aplicando las medidas necesarias para su protección», señaló.

La especialista subrayó que la visión tradicional, que ignoraba la voluntad de las infancias, ha sido superada. Hoy, tanto la legislación como los tratados internacionales reconocen su derecho a participar activamente en los procesos que les afectan.

“Ya no estamos en una época en la que se creía que niñas y niños no sabían lo que querían o que era mejor excluirlos. Ahora, la justicia debe reconocer su capacidad para expresar deseos, emociones y necesidades, siempre de acuerdo con su edad y madurez”, indicó.

Consultada sobre el caso de la actriz, Suárez de los Santos aclaró que es difícil emitir una opinión sin conocer el expediente, pero señaló que es fundamental que el niño continúe teniendo contacto con su familia paterna, especialmente tras el reciente fallecimiento de su padre.

“La convivencia con su familia paterna puede ser crucial para su bienestar emocional. Lo más importante es que todo se resuelva conforme al interés superior del niño, y estoy segura de que eso será lo que valore el juez o la jueza al dictar sentencia”, subrayó.

La integrante del Poder Judicial recordó que, aunque la custodia suele recaer en madres o padres, en situaciones excepcionales la autoridad judicial puede otorgarla a otros familiares si esto garantiza una mejor protección para el menor.

“Si la integridad física, emocional o psicológica de una niña o niño está en riesgo, la custodia puede ser asignada a otra persona. Sin embargo, cada decisión debe centrarse en su bienestar y no en los conflictos entre personas adultas”, enfatizó.

Asimismo, insistió en que el papel de los adultos involucrados debe ser proteger los derechos y la estabilidad emocional de las infancias, sin arrastrarlas a disputas que no les corresponden.

“El bienestar de niñas y niños no puede ponerse en juego por desacuerdos familiares. Los conflictos entre adultos no deben convertirse en cargas emocionales para ellos. Por eso, es indispensable una justicia con perspectiva de infancia: imparcial, pero no indiferente”, concluyó.

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