Veracruz, Ver.- A pesar de las reformas realizadas por el Congreso del Estado para permitir que la exsecretaria de Energía pudiera optar por la gubernatura, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una controversia constitucional que impide a la oriunda de Zacatecas asumir el cargo en la entidad, según afirmó el abogado Fidel Guillermo Ordoñez Solana.
La ley que se reformó en Veracruz junto con representantes de la sociedad civil, hace referencia a la presunta reforma que permitiría a cualquier mexicano aspirar a la gubernatura de Veracruz.
Sin embargo, esta reforma fue rechazada el pasado 30 de enero de 2023 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que dictaminó su inconstitucionalidad y estableció que solo los veracruzanos pueden ser gobernadores del estado.
En este sentido, Ordoñez Solana enfatizó que ya ha habido dos resoluciones similares: una en contra de Miguel Ángel Yunes Márquez, a quien se le negó la candidatura para la alcaldía de Veracruz, y otra en contra de Santiago Nieto, quien buscaba ser Senador por Morena postulado por el estado de Querétaro.
«En estas dos resoluciones se estima que la residencia efectiva debe interpretarse de acuerdo a lo establecido tanto en la Constitución de Querétaro como en la Constitución de Veracruz, que establece que deben ser los cinco años previos al día de la elección.
En el caso específico de Rocío Nahle, sabemos que en los últimos cinco años fue secretaria de Energía con domicilio en la Ciudad de México y además fue la constructora de Dos Bocas con domicilio en Villahermosa, Tabasco, por lo tanto, no cumple con el requisito de residencia en Veracruz durante los últimos cinco años», explicó.
Añadió que el hecho de mostrar un recibo de energía eléctrica de un domicilio de Rocío Nahle no es suficiente para afirmar que vive en Coatzacoalcos o en Boca del Río.
Además, en su opinión, el recibo de pago de 900 pesos sugiere que no reside en esa propiedad.
Insistió en que lo que se debe cumplir son los requisitos establecidos en el artículo 43 de la Constitución del Estado de Veracruz, en relación con el artículo 11, que reconoce a todos como veracruzanos y el artículo 43 establece los requisitos esenciales para ser candidato.
«Tiene que ser cinco años previos a la elección y Rocío Nahle no cumple con este pequeño detalle de que sea previo a la elección», señaló. Confía en que los partidos políticos presenten la impugnación, ya que son los que tienen representatividad en el Consejo General del Órgano Electoral del estado de Veracruz.
«Esperamos que pronto se presente la impugnación y cuando la tengamos podemos actuar y, en caso de que gane, aún así se puede impugnar», reiteró.
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