La institución aclara derechos de los consumidores y normas en establecimientos.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) desmintió la información que circula en redes sociales y algunos medios de comunicación sobre una supuesta lista de alimentos permitidos para ingresar a los cines en México. La institución aclaró que nunca ha publicado ni difundido un listado de este tipo a través de sus canales oficiales y destacó la importancia de verificar la autenticidad de las informaciones antes de compartirlas.
Libertad de elección, pero con restricciones
Aunque los consumidores tienen la libertad de elegir si compran o no alimentos dentro de los cines, deben respetar las políticas establecidas por cada empresa al momento de adquirir su boleto. Según la Profeco, los cines operan bajo contratos de adhesión, regulados por los artículos 42 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). En este sentido, si un cine especifica que no permite el ingreso de alimentos externos, los consumidores están obligados a cumplir con esta disposición. En caso de no estar de acuerdo con la normativa de un cine en particular, los consumidores pueden optar por acudir a otro establecimiento con reglas diferentes.
Derechos del consumidor bajo la Ley Federal de Protección al Consumidor
La LFPC, en su artículo 58, prohíbe a los proveedores de bienes y servicios condicionar la venta de sus productos o servicios en función de género, nacionalidad, preferencias sexuales, religión u otras características. Por tanto, ningún cine puede obligar a los consumidores a comprar exclusivamente alimentos dentro de sus instalaciones. No obstante, la ley también establece que los consumidores aceptan los términos y condiciones establecidos por los establecimientos al momento de comprar su boleto, lo que incluye las políticas sobre alimentos.
Revisión de mochilas: ¿es legal?
Otro tema abordado por la Profeco fue la legalidad de la revisión de mochilas y pertenencias al ingresar a los cines. El artículo 10 de la LFPC prohíbe que un proveedor de bienes o servicios realice acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personal del consumidor bajo pretexto de registro o averiguación. El titular de la Profeco, Iván Escalante Ruíz, señaló que los cines pueden solicitar a los clientes que muestren el contenido de sus mochilas de manera voluntaria, pero no pueden obligarlos a hacerlo. La revisión forzada de mochilas, afirmó, es ilegal.
Verificación de información
La Profeco reiteró que no ha emitido ninguna lista oficial de alimentos permitidos en los cines, y aprovechó para recordar a los consumidores la importancia de verificar la veracidad de la información antes de compartirla. Además, recomendó que los ciudadanos conozcan sus derechos y las condiciones de los contratos de adhesión al momento de acudir a un cine.
La Profeco hace un llamado a la población a estar atentos a las políticas de cada establecimiento y a ejercer sus derechos como consumidores de manera informada y responsable.