XALAPA, VER.- El estado de Veracruz incorporó el delito de acecho al Código Penal, por lo que quienes incurran en esta conducta podrán enfrentar penas de seis meses a dos años de prisión, además de multas económicas, de acuerdo con el Decreto Número 526 publicado en la Gaceta Oficial del Estado el pasado 2 de julio de 2026.

La reforma adiciona el capítulo denominado “Acecho” al apartado de delitos contra la libertad dentro del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, con el propósito de sancionar conductas que pongan en riesgo la seguridad y la libertad de las personas.

De acuerdo con el decreto, incurre en este delito quien, sin autorización legítima o consentimiento de la víctima, realice en dos o más ocasiones actos de vigilancia, persecución o acercamiento, por cualquier medio, con el propósito de establecer contacto con una persona y que dichas acciones representen un riesgo o afectación para su libertad o seguridad.

La legislación establece como sanción una pena de seis meses a dos años de prisión, así como una multa equivalente de 200 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Asimismo, la reforma contempla diversas circunstancias que agravan el delito. Entre ellas se encuentra que la víctima sea niña, niño, adolescente, persona gestante o integrante de algún grupo en situación de vulnerabilidad, casos en los que la sanción podrá incrementarse hasta en una tercera parte.