¡Negligencia en el seguro!

Xalapa, Ver.- Un Juzgado de Distrito garantizó a un menor de edad el acceso a los estudios clínicos necesarios para determinar si es candidato o no a un trasplante de riñón de parte de una donadora, en este caso, su propia madre.

Lo anterior, luego que personal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) incurrió en omisión de brindar la atención médica necesaria para el paciente pediátrico, al mismo tiempo que de manera inmediata no sometió a la donadora y al beneficiario a los estudios requeridos para dicho procedimiento.

En octubre de 2020, Laura “N”, madre del menor de identidad reservada, solicitó la protección de la justicia en contra de actos de la Dirección Médica de la Unidad Médica de Alta Especialidad, la Jefatura del Departamento Clínico de Pediatría de la Unidad Médica de Alta Especialidad, ambos del Hospital de Especialidades número 14, Centro Médico Nacional «Adolfo Ruiz Cortines», del Instituto Mexicano del Seguro Social, con residencia en Veracruz, Veracruz.

Ante el Juzgado 13º de Distrito, la quejosa solicitó la suspensión provisional contra los actos negativos que se les reclaman, esto es, para que los médicos bajo su más estricta responsabilidad, proporcionaran o siguieran proporcionado al menor los tratamientos adecuados e idóneos para tratar los padecimientos crónicos que padece.

Con fecha del 15 de julio de 2021, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz declaró fundada la queja 149/2021 promovida por Laura R. y al tiempo fijó para las 10:00 del 16 de agosto de 2021 la audiencia Constitucional de este asunto.

No es la primera vez que el Seguro Social recibe un fallo que no le favorece.

En un caso, el Juzgado Décimoprimero de Distrito con residencia en Poza Rica de Hidalgo emitió una suspensión de plano a favor de una enfermera asignada al Hospital Regional número 24 del Seguro Social en Poza Rica, sectorizado a la Delegación Veracruz-Norte.

En su demanda, con fecha 20 de abril, la quejosa reclamó la negativa de aplicársele el biológico anticovid-19 y de manera inmediata, el juzgado 11o. del 7o. Circuito concedió la suspensión de plano, esto es instruir a la vacunación de la trabajadora, adscrita a la primera línea de combate contra el coronavirus.

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