Poza Rica, Ver.- Las adolescentes pueden acudir a solicitar asesoría anticonceptiva para elegir un método de planificación, y bajo el amparo de la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SSA2-2015 lo pueden realizar con o sin la presencia de sus padres.
Durante consulta pueden recibir orientación, consejería y, en el caso de instituciones públicas, cuando se cumplan los requisitos que rigen para cada establecimiento, provisión de los métodos anticonceptivos para la prevención del embarazo no planeado, así como para infecciones de transmisión sexual, entre ellas el VIH y el Sida.
En caso de menores de edad, se dará a la madre, padre o tutor la participación que les corresponda conforme a las disposiciones aplicables.
Esto permite a menores de edad poder acudir a servicios de salud, pero también a las autoridades poder indagar sobre algún presunto caso de abuso sexual, en caso de un embarazo no planeado o sospecha de uno.
Se considera que el grupo etario de 10 a 19 años atraviesa por una etapa en la que aumentan ciertos tipos de riesgo, por lo que se tiene que incrementar la eficacia de las acciones a largo plazo de este lapso.
Las niñas y adolescentes pasan por una etapa de su vida en la que aumentan riesgos, es decir, toda circunstancia o situación que aumente las probabilidades de contraer una enfermedad o cualquier otro problema de salud.
Cabe apuntar que todas las personas que acuden a recibir asesoría son recibidas por personal especializado para orientar de manera adecuada a cada paciente, según sea su necesidad.
En esta norma se establece la atención integral del grupo etario en diversas acciones, como la salud reproductiva y sexual, que debe brindarse con perspectiva de género y derechos humanos, así como considerar la edad, desarrollo cognoscitivo y madurez.
En este tema podrán solicitar consejería en materia de planificación familiar, salud sexual y reproductiva, métodos anticonceptivos, prevención del embarazo no planeado y prevención de las infecciones de transmisión sexual.
Podrán ir en compañía de su madre, padre o tutor, o bien manifestar que elige recibir los servicios de consejería sin ese tipo de acompañamiento, aunque todo debe estar acorde a otras normas de salud y demás disposiciones aplicables.
Por Paulo Ruiz Vargas
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