Por: Leopoldo Pérez
El crecimiento urbano de los municipios de Cazones, Coatzintla, Papantla, Tihuatlán y Poza Rica se ha dado de manera desordenada por carecer de un programa de desarrollo urbano que oriente el asentamiento humano hacia zonas aptas para ser urbanizadas, e impida la ocupación en aquellos sitios que no presentan condiciones favorables y que se encuentran expuestos a riesgos por desastres, tanto naturales como provocados por el hombre.
Estos programas de desarrollo urbano municipal identifican los proyectos, obras y acciones necesarias como: vialidades, transporte, redes de agua, drenaje y electricidad; así como ubicación de hospitales, comercios, parques públicos, centros culturales, de desarrollo económico y de protección y conservación del medio ambiente, reservas de todo tipo, la movilidad, entre otros, señalando en muchas ocasiones los plazos y los recursos necesarios para su ejecución, lo que les concede una importancia fundamental para orientar el crecimiento ordenado de los centros de población; además de que prevén escenarios futuros de desarrollo.
De los cinco municipios que integran la zona metropolitana, solo Poza Rica cuenta con programa municipal de desarrollo urbano (PMDU), el cual se elaboró en el año 2019, durante la administración del Ing. Francisco Javier Velázquez Vallejo (2018-2021); mientras que los restantes cuatro municipios carecen de este instrumento de planeación indispensable para cumplir con lo que les ordena el artículo 115 constitucional, Fracción V, respecto de su responsabilidad para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana y otorgar licencias y permisos para construcciones; así como la ley de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y vivienda, artículo 8, fracción I, inciso “a”, que señala la formulación, aprobación y administración de los programas municipales de desarrollo urbano, así como los especiales y parciales de crecimiento, conservación y mejoramiento de los centros de población ubicados en su territorio y su zonificación correspondiente, con apego a las disposiciones legales en materia de asentamientos humanos, medio ambiente y protección civil.
Por lo anterior no se entiende cómo es que los municipios de la zona metropolitana de Poza Rica han expedido constancias y licencias de uso del suelo y de construcción de inmuebles, sin contar con los referidos programas municipales de desarrollo urbano, basándose en un instrumento de planeación obsoleto que era el Programa de Ordenamiento de la Zona Conurbada de Poza Rica-Coatzintla-Tihuatlán-Cazones-Papantla, que data de 1998, y en los programas parciales que de este se derivan, igualmente desactualizados, y que no tienen el nivel de detalle de la zonificación del suelo ni las densidades en cuanto al coeficiente de ocupación (COS) y de uso del suelo (CUS), evidenciando un agudo problema que ha dado paso a la discrecionalidad en el otorgamiento de permisos de uso del suelo y construcción y que -se insiste- persiste en cuatro de estos municipios.
Ante esta situación se comprueba que se está violando el reglamento de la ley de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y vivienda del estado de Veracruz, que en su artículo 142 establece que la licencia de uso de suelo es un acto de autoridad que se otorga al propietario de un predio baldío o de edificación existente que se pretende ocupar para una nueva actividad y que determina la vocación permisible del inmueble en cuanto a su uso, compatibilidad, densidad, COS y CUS, sujetándose a lo dispuesto por el Programa de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial vigente, aplicable al caso y a lo que señale el Dictamen de Desarrollo Urbano Integral Sustentable o de Factibilidad Regional Sustentable, cuando -como ya se dijo- dichos programas de desarrollo urbano son inexistentes en los municipios de Papantla, Coatzintla, Tihuatlán y Cazones.
Si al desorden anterior le agregamos que los cabildos de los ayuntamientos tienen la facultad de cambiar el uso del suelo de un inmueble, basándose en la autorización que para ello les confiere la ley de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y vivienda del estado de Veracruz, en su artículo 8; aun cuando los municipios no cuentan con ningún sustento técnico ya que no disponen de los referidos programas municipales de desarrollo urbano (PMDU), y así ha sido por décadas.
Ahora bien, es importante señalar que existe un Programa de Ordenamiento Territorial Metropolitano, que realizó también la administración pasada, y que entró en vigor en el año 2021, con su publicación en la Gaceta Oficial del estado de Veracruz, el cual, si bien señala dónde se puede construir en la zona metropolitana y dónde no, carece del grado de especificidad, en cuanto al uso del suelo, que contiene un programa municipal de desarrollo urbano (PMDU) para poder emitir las licencias, autorizaciones y permisos que se requieran.
Esta problemática de enfrentarse a una excesiva reglamentación para poder construir la sufre en mayor medida el habitante de a pie, porque los grandes desarrolladores inmobiliarios contratan despachos especializados que les “planchan” la fase de tramitología, la cual realizan directamente en la dirección de desarrollo urbano y ordenamiento territorial del gobierno del estado, con sede en Xalapa, donde usan su “capacidad profesional” para cumplir con todos los requerimientos, y luego las autoridades estatales -eso sí- los mandan a los ayuntamientos para que sean estos quienes les autoricen los proyectos debidamente requisitados documentalmente, porque el municipio es, al final de cuentas, -claro-, el único responsable de expedir las licencias autorizaciones y permisos como se lo mandata la Constitución General de la República en su artículo 115; aun cuando las administraciones municipales, generalmente, no supervisan que lo asentado en los proyectos autorizados por las autoridades estatales en el papel, y convalidados por ellos mismos, se ejecuten conforme a lo estipulado en dichos proyectos documentales.
Lo aquí descrito señala la urgencia de la elaboración de los programas de desarrollo urbano de los municipios de Papantla, Tihuatlán, Coatzintla y Cazones para que cuenten con estos instrumentos de planeación indispensables que permitan el logro de un desarrollo equilibrado y justo en la zona metropolitana de Poza Rica, y que hasta ahora han sido olvidados por los municipios con la amnesia cómplice de las autoridades estatales y federales.

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