Xalapa, Ver.- El Gobierno de Veracruz incurre en un desacato contra un fallo emitido por dos tribunales federales y con lo cual, la plataforma de viajes Uber contaría con plena operatividad en los municipios de Xalapa, Coatzacoalcos y Veracruz.

Cabe recordar que en noviembre de este año un Juez Federal emitió una sentencia definitiva en la cual el tribunal admite que el marco legal de Uber no se encuentra regulado dentro de la actual Ley de Tránsito y Transporte de Veracruz.

En este se señala que no existe restricción alguna con sustento legal para que ciudadanos cuenten con nuevas alternativas privadas y tecnológicas de movilidad, además de autoemplearse a través de ellas.

De acuerdo con la empresa, más de 1.3 millones de personas en Veracruz solicitaron un viaje con Uber en los últimos tres años; además el 91 por ciento de la población muestra su apoyo a la compañía”.

Uber afirmó que la llegada de la plataforma a la entidad se estima la generación de más de 2 mil oportunidades económicas.

Sin embargo, el pasado 15 de diciembre, la Secretaría de Seguridad Pública, por medio de la Dirección General de Transporte del Estado (DGTE) negó exista autorización para que Uber opere en la entidad.

La dependencia subrayó que la Ley 589 de Tránsito y Transporte prohíbe prestar el servicio público en cualquiera de sus modalidades sin concesión correspondiente.

Además tanto el Primer Tribunal Colegiado y el Juzgado Decimoséptimo de Distrito coincidieron con sus sentencias que la actividad de la app es diferente a la del servicio de taxis en la entidad.

Los magistrados del Tribunal y el juez federal determinaron que Uber es un «modelo de negocio diferente al transporte de pasajeros a través de taxis».

En este caso, dicho servicio no se puede desvincular de la plataforma tecnológica para prestar el servicio.

En noviembre de este 2020, el Primer Tribunal Colegiado emitió sentencia definitiva en la cual reconoce el no impedimento a la app para prestar servicios.

Esto con base en lo resuelto con anterioridad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE).

Las dos entidades determinaron que los servicios de Uber no se encuentran regulados dentro de la actual Ley de Tránsito y Transporte de Veracruz, ni la demás regulación aplicable en el estado.

Además la propia Dirección General de Transporte del Estado emitió un oficio al juzgado federal en cual reconoció que: «…el transporte de pasajeros prestado a través de plataformas digitales, no se encuentra previsto ni mucho menos regulada por los ordenamientos legales que rigen el actuar de esta Dirección General de Transporte del Estado…».

El juez Decimoséptimo determinó que no existe precepto alguno que defina o fije las características y requisitos que deban cumplirse a efecto de llevar a cabo el servicio de transporte por medio de plataformas tecnológicas, y menos aún, si este debe considerarse público o privado.

El amparo se hizo extensivo a la Secretaría de Seguridad Pública, a la Secretaría de Gobierno y a la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial del Estado.

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Por ALF