La Ley en tiempos de la Oclocracia.
Primera Parte
22 de marzo de 2021.
“Cada especie de gobierno alimenta dentro
de sí un cierto vicio que es la causa de su ruina”.
El escenario geopolítico en el país es insostenible. Al momento en que esta nota se publica varios medios nacionales han dado cuenta de la violencia política contra las mujeres, véase el asesinato de la candidata de la Coalición Va Por México, a la Presidencia del municipio de Ocotlán de Morelos, Oaxaca, Ivonne Gallegos; la violencia generalizada en el país contra civiles y de igual forma, la violencia que se comete contra cualquier actor político, económico, social o activista que vaya en contra de quien actualmente detenta el poder.
La ingobernabilidad en el país ha trascendido las fronteras, tanto que el tema que molestó al huésped número uno de Palacio Nacional fue la serie de declaraciones que realizaron autoridades norteamericanas, con información obtenida en labores de inteligencia del Pentágono, quienes estimaron que los cárteles del crimen organizado transnacional operan en alrededor del 30 al 35 por ciento del territorio mexicano, “en áreas que son con frecuencia ingobernables”.
Como respuesta a las anteriores declaraciones lo que sobrevino fue la ya desgastada “estrategia” de los “otros datos”, así como la clásica salida de negar la realidad por parte del Presidente de la República, pero olvidando como siempre que negar la realidad no la cambia, es una máxima de la experiencia que una persona promedio sabe.
Veracruz no escapa ni a los escenarios de violencia que se han recrudecido, ni a la violencia política de género, ni a la violencia ejercida contra adversarios reales o imaginarios; ataques contra aquellas personas que opinan distinto, quienes militan en un partido político diferente al que se encuentra en el poder, contra los líderes de opinión, sociales o simplemente quienes ejerciendo la libertad de expresión disienten, en muchas ocasiones con argumentos más sólidos y fundados, de aquellos que son por antonomasia los obligados para “hacer cumplir la ley” y que por lo tanto, deberían ser los garantes y defensores de la legalidad.
En esta entrega hablemos del escenario perverso y a conveniencia que se ha configurado en Veracruz para acallar las voces de quienes disienten, de quienes en realidad pueden dar batalla política que le permita al Estado detener la caída en picada en la que ya se encuentra.
Aquí el escenario de la Ley en tiempos de la Oclocracia. Todo comenzó el pasado 11 de febrero del presente año, cuando el Gobernador Cuitláhuac García envió una iniciativa para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz, en materia de extorsión, robo, despojo, ultrajes a la autoridad, contra las instituciones de seguridad pública y contra la seguridad de la comunidad, según se advierte de la Gaceta Legislativa número 121, Anexo C, que se encuentra en la página del Congreso del Estado (https://www.legisver.gob.mx/Inicio.php?p=sesiones), compuesta por 16 páginas, de la cual llamaron la atención desde el primer momento el endurecimiento de las sanciones penales.
Sin embargo, llamó la atención que dentro de la exposición de motivos de la citada iniciativa fuese el propio Ejecutivo del Estado, en la página 6, quien al referirse a las acciones de seguridad pública, indicara que éstas “se encuentran debilitadas ante [los] vacíos de la ley…”, agregando que la “tipificación de las conductas en nuestra legislación penal, da lugar a la aplicación de criterios subjetivos para encuadrar tales.”
La idea anterior, como se advierte del texto de la misma iniciativa no encuentra soporte más que en una afirmación de haber realizado una supuesta revisión a las “tasas de criminalidad”, sin precisar la fuente de consulta en específico o señalar los datos duros, evidenciando la falta de experiencia no sólo en técnica legislativa sino en temas criminológicos, de Derecho Penal y de Política Criminal a la delincuencia organizada y a la convencional, haciendo alusión a que “con el objetivo de evitar la percepción de inseguridad, descontento social y disminuir las alteraciones al orden público, para garantizar en consecuencia la convivencia armónica entre los ciudadanos, se plantea el incremento de las penas del delito de ultrajes a la autoridad, con el objetivo de que sea acorde con el hecho criminal que representa, misma que por su repetida comisión e impacto, trastoca el desarrollo armónico de la sociedad.” Véase en esta trascripción lo escueto del lenguaje utilizado y que ocasiona la repetición de palabras.
Hasta este punto, la exposición de motivos que refirió el Ejecutivo del Estado para aumentar las penas en el tipo penal de Ultrajes a la Autoridad se advierte como todo lo contrario a lo que trata de justificar, esto es, en sus planteamientos hace parecer que la conducta de veracruzanos y veracruzanas contra las autoridades e instituciones de seguridad pública está desbordada e incontrolable a un punto crítico, en el que la única forma de solucionarla es criminalizándola con mayor empeño, echando mano de todo el ius puniendi del Estado para frenar una conducta que pareciera no han podido evitar a través de acciones de prevención del delito.
Basta leer unos escasos tres párrafos de las páginas 6 y 7 de la iniciativa enviada por el Ejecutivo Estatal, para darse cuenta que no hay soporte argumentativo ni estadístico, sino más bien se plantea un escenario que no corresponde a la realidad veracruzana y a través de una falacia se señala que el delito de ultrajes a la autoridad “se ha juzgado a través del tiempo como un ilícito de bajo impacto” para posteriormente asegurar de forma tajante y sin sustento alguno que “vulnera la prioritaria función” que los servidores públicos realizan para el Estado.
Se advierte que la única solución que supieron encontrar quienes asesoran al Ejecutivo Estatal en materia jurídica fue el endurecimiento de las sanciones penales para los Ultrajes a la Autoridad, no obstante que desde hace un siglo la Teoría las Penas en su dimensión de la Prevención General fue rechazada, evidenciando una ignorancia peligrosa. Continuaron con las falacias al indicar que con este cambio normativo se protege al servidor público y por ello, “sus penas deben ser firmes y acordes al escenario que impera en el Estado…” y que para “inhibir la conducta señalada resulta necesario contar con mecanismos que aseguren que las autoridades, y en específico las policías, puedan llevar a cabo su labor fundamental de preservar el orden público y aquellas a las que se refiere el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la cual comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva.”.
¿Qué escenario veracruzano es el que se percibe desde la Oficina del Gobernador? ¿De verdad son las y los veracruzanos ejemplo nacional de la insurrección e irrespeto a las autoridades? ¿Qué tan desbordada e incontrolada está esta conducta en el Estado? ¿Qué dicen las cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre el delito de Ultrajes a la Autoridad en el Estado?
Los anteriores cuestionamientos son más bien retóricos y alusivos, pues en días pasados en una carta abierta al Congreso del Estado, a los medios de comunicación y a la opinión pública, integrantes de la Academia de la Facultad de Derecho, de la Universidad Veracruzana advirtieron de lo peligro que es utilizar al Derecho Penal como instrumento represor, acudiendo a él para tratar de solucionar el conflicto de la protección de los bienes jurídicos, pues la criminalización de más conductas no sólo genera un Estado de restricción de derechos y libertades sino que se atenta contra las bases mismas del Estado de Derecho.
Valdría mucho la pena que se informara a la sociedad veracruzana qué acciones de prevención del delito se han propiciado desde el Gobierno del Estado, cuál es la tasa de incidencia delictiva de Ultrajes a la autoridad, cuántos procesos penales actualmente se encuentran en trámite, cuántas sentencias condenatorias se han dictado por este delito, qué se está haciendo porque las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia, en cumplimiento a ese mismo contenido del artículo 21 constitucional cumplan sus funciones de investigación de los hechos delictivos, respetando derechos humanos, el uso de la fuerza y protocolos vigentes de actuación policial. ¿Qué se está haciendo por dignificar en sí misma la función policial y tratar como seres humanos a quienes mayormente se les exige el respeto a los derechos humanos?
Lo más alarmante de este escenario geopolítico y de legalidad simulada son las historias que nos deja esta semana que ha finalizado y que fueron posibles de consumar gracias al marco jurídico que fue aprobado en una votación fast track, en la cual la iniciativa enviada por el Ejecutivo Estatal, sobre las reformas al Código Penal, seguramente siguieron la petición de “lealtad a ciegas”, misma que se ha instruido desde Palacio Federal y que se sabe de muy buena fuente que de los 34 diputados del Pleno de la LXV Legislatura que votaron a favor del dictamen presentado por la Comisión Permanente de Seguridad Pública, la gran mayoría sabía sólo que “debían apoyar” al Gobernador, sin conocer el texto propuesto, sin mucho menos haber realizado concienzudamente no sólo el análisis de técnica legislativa que todo texto normativo debiera tener en sede de un Parlamente serio, sino la trascendencia jurídica nacional e internacional, al ser más que evidente, que el aumento de sanciones privativas de libertad en este tipo penal específicamente va contra toda tendencia en lo que conocemos como progresividad de los derechos humanos y Derecho Penal mínimo, los cuales han propiciado que en la mayoría de los Códigos Penales del país, incluido el Código Penal de la Ciudad de México, este tipo penal haya sido derogado o incluso tenga prevista en otras entidades federativas una pena alternativa o una pena privativa de libertad que no supera los tres años de prisión y por lo tanto, es posible conmutar.
¿Se habrán enterado en la Consejería Jurídica y Derechos Ciudadanos de la Oficina del Gobernador de los criterios que han sostenido incluso Tribunales internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre lo peligroso que es criminalizar conductas como la de ultrajes a la autoridad, sin estándares objetivos para definir sus elementos y lo grave para los derechos humanos? ¿Conocerán a qué se refiere el principio de taxatividad en materia penal y de lo cual les dieron cátedra un conjunto de profesores expertos de la Máxima Casa de Estudios de Veracruz?
Estas preguntas también son retóricas, pero deberían tener la respuesta por haber sido esta administración la que creó una Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos, dentro de la Secretaría de Gobierno y que a la fecha no se sabe qué está realizando para impactar en esos temas desde la política del Gobierno del Estado.
Mañana la segunda parte de esta entrega.

Facebook – @LaOpiniónPozaRica
Youtube – La Opinión Poza Rica
¿Reporte y denuncia?
Si cuentas con imágenes o video que exhiban maltrato, abuso de autoridad, corrupción o cualquier acción inhumana. ¡Por favor, háznoslo saber!
– WhatsApp: (782) 219-94-02 <<< ¡clíck aquí!
– Por e-mail: denuncias@laopinion.net <<< ¡clíck aquí!


