CNDH va por el IMSS 24

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 224 de este año al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debido a una cirugía deficiente de colecistectomía convencional (extirpación de la vesícula biliar) realizada en el Hospital General de Zona 24 de Poza Rica. Esta intervención resultó en una complicación del procedimiento anestésico, la cual no fue diagnosticada de manera oportuna y condujo a la pérdida de movilidad de un miembro inferior del paciente. El afectado ingresó al hospital el 23 de diciembre de 2022 para someterse a la extirpación de la vesícula biliar, utilizando anestesia regional. Sin embargo, horas después, experimentó dolor en el miembro pélvico derecho con disminución de fuerza y que se extendía hasta la rodilla. La nota médica del día informó sobre dolores, y al día siguiente, durante la valoración, se determinó que no había mejoría sintomática. Aunque tenía dolor en la pierna derecha, la intensidad y el tipo no fueron mencionados, tampoco se reportó el estado de los reflejos y esfínteres. El 26 de diciembre, el paciente informó sobre dolor tipo descarga eléctrica en la pierna derecha, incapacidad para movilizarla, retención urinaria y fecal. A pesar de ello, hubo demora en realizarle la resonancia magnética, la cual se llevó a cabo cinco días después, «lo cual impidió realizar un diagnóstico oportuno del hematoma epidural y, por lo tanto, no se le otorgó el tratamiento quirúrgico inmediato que requería».

La CNDH señaló que esta complicación requería urgentemente la resonancia magnética y la valoración por el servicio de Neurocirugía para implementar la descompresión quirúrgica, preferentemente antes de las ocho horas de iniciados los síntomas. Sin embargo, el estudio fue indicado tres días después, y cuando el paciente fue evaluado por Neurocirugía, habían transcurrido 10 días desde el inicio de los síntomas. El 28 de diciembre, se realizó la resonancia magnética, pero se informó al paciente que no era posible una nueva intervención quirúrgica, ya que debía ser después de las 48 horas de la primera. El 3 de enero de 2023, el paciente fue dado de alta con diagnóstico de disestesias (dolor crónico) en el miembro pélvico derecho, y se le indicaron citas de seguimiento con Neurología, Rehabilitación, Anestesiología y Traumatología y Ortopedia, además de tratamiento.

La CNDH determinó que la atención brindada por el personal médico fue inadecuada e inoportuna, y se observó que la omisión de indicar una resonancia magnética de columna dorsolumbar e interconsulta al área de Neurocirugía condicionó una limitación en la movilidad del miembro pélvico derecho. La comisión recomendó al IMSS, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, proporcionar reparación integral por los daños causados al paciente y a las víctimas indirectas del caso. Esto debe incluir el pago de una compensación y la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas para garantizar la atención médica y psicológica necesaria. Asimismo, se le recomendó colaborar en el trámite y seguimiento de la vista administrativa que la CNDH presentará contra las personas responsables en el Órgano Interno de Control en el IMSS por la inadecuada atención médica proporcionada y lo relacionado con la integración del expediente clínico.

En https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2022-12/REC_2022_224.pdf

Con información de La Jornada Veracruz

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