Citlali si violó los derechos humanos

Xalapa, Ver.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) confirmó la violación del derecho a la libre circulación de las personas por parte de las órdenes de la entonces presidenta municipal de Tamiahua, Citlali Medellín Careaga, al cerrar los accesos a la cabecera de manera arbitraria unilateral e injustificada.

El pasado 23 de julio de 2020, policías municipales de Tamiahua, por instrucciones de la exfuncionaria desplegaron retenes en las entradas y salidas de Tamiahua para “blindar” a la localidad contra supuestos contagios de coronavirus.

Lo anterior, la servidora no solo invadió responsabilidades exclusivas del Ejecutivo, sino violó los preceptos contenidos en el 11 de la Constitución Política y el 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; por lo anterior, la defensoría local emitió la Recomendación 020/21 dirigida a la ahora presidenta municipal con licencia y candidata del Partido Verde a la Diputación Local.

Dentro de la relatoría de hechos, los dos quejosos advirtieron que en la fecha citada servidores del Ayuntamiento de Tamiahua les negaron el paso a la cabecera como parte de los filtros contra la enfermedad del coronavirus “por instrucciones de la presidenta municipal (Citlali Medellín)”.

De hecho, los propios visitadores de la Delegación Tuxpan confirmaron el cierre de Tamiahua a personas foráneas, aún y cuando el “Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV-2” no establece el cierre de límites municipales o intermunicipales, ni de caminos públicos.

La Comisión también advierte que servidores de Tamiahua falsearon información al presentar sus reportes a Derechos Humanos, toda vez que la denominada Dirección de Seguridad Pública Municipal indicó que no se impidió el paso, mentira que fue descubierta por la propia CEDH.

En este caso, la Ley General de Salud señala en su artículo 1819 que, en caso de epidemia la Secretaría de Salud es la encargada de dictar las medidas indispensables de prevenir y combatir los daños a la salud. Se establece, además, en el numeral 357, que esa autoridad es la que tiene entre sus atribuciones restringir la movilidad de la población, siempre y cuando esta represente un riesgo.

Ahora, por instrucciones de Derechos Humanos, el Ayuntamiento de Tamiahua deberá realizar una investigación interna y sancionar las responsabilidades administrativas de los funcionarios que hayan incurrido en dicha violentación de derechos humanos.

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