Para garantizar la seguridad jurídica de las personas, las copias certificada de actas de nacimiento cuentan con vigencia de hasta seis meses, advirtió la Oficialía del Registro Civil.
El titular de la oficina, Juan Carlos Hernández Cerecedo, señaló que por diferentes razones o motivos una copia certificada de dicho documento registral puede perder vigencia y cuando ocurre esto, deja de tener validez y ya no es aceptada en algunas dependencias o instituciones.
Algunas de esas razones es que las políticas de las distintas instituciones financieras, dependencias públicas y centros escolares establecen frecuentemente que este documento no tenga más de 12 meses de antigüedad (en Ciudad de México) para realizar el trámite que el interesado necesita.

