POR ROBERTO AGUILAR TOLENTINO
Gráficas Rafael Rodríguez Ávila
(PRIMERA DE DOS PARTES)
Con consecuencia de la pandemia de Covid-19 y por muchas otras causas más, fallecieron muchas personas adultas pero que no hicieron el testamento de sus bienes y se generan problemas entre la familia.
De acuerdo con el titular de la Notaría N. 8 de Poza Rica Lic. Arturo Hernández Gómez, en los últimos tres años hubo muchas personas fallecidas por la pandemia y no hicieron testamento y generó mucha actividad en la notaría, por lo que se han promovido trámites sucesorios.
Al morir una persona, la Ley establece quienes son las personas que deben heredar que son el esposo o esposa que sobrevive y los hijos.
A falta de esposa o esposo e hijos, vienen los padres de la persona que falleció y si no hay este grupo de posibles hereditarios, serían los hermanos o demás descendencia.
Aquí se puede iniciar un Juicio Sucesorio Intestamentario ante un Juzgado, o ante un notario, se puede tramitar procedimiento sucesorio llamado testamentaría.
En los dos tipos de trámite se debe presentar el acta de defunción para acreditar el fallecimiento de la persona, y la acreditación del parentesco con ésta, lo deben hacer hijos, esposa, el acta de matrimonio, acta de nacimiento de los hijos y se inicia el procedimiento de intestado.
Sin embargo, primero se debe pedir informe al Archivo General de Notarías en Xalapa, desde donde se pide el informe ante el Registro Nacional de Testamentos y sólo este personal tiene acceso a esa base de datos, nadie más.
Luego se busca el informe y se verifica si hay un testamento, ya que es a nivel nacional y facilita cuando una persona estando fuera de su ciudad o del estado, tramita el testamento sin decirle a nadie de sus familiares donde radica.
Incluso, el testamento se puede tramitar desde otro país, apoyado desde el Consulado Mexicano de cualquier parte del mundo, y tiene la facultad de un notario, puede hacer poderes o testamentos.
