Por unanimidad, los diez regidores del cabildo interponen denuncia ante el Congreso del Estado. La morenista podría ser la primera presidenta inhabilitada en el municipio.
Hipólito Moreno Tapia
Álamo, Ver.- La totalidad de regidores que integran el Ayuntamiento de Álamo Temapache presentó ante el Congreso del Estado de Veracruz una denuncia de Juicio Político en contra de la alcaldesa morenista Blanca Lilia Arrieta Pardo, lo que constituye un hecho histórico y establece un precedente en este municipio.
De acuerdo con la transmisión de la Quinta Sesión Ordinaria de la LVIII Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz, celebrada este martes 27 de mayo, en el punto 24 de la correspondencia se informó del oficio recibido en fecha 13 de mayo del año en curso, el cual ayer mismo se turnó a las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales.
La demanda de Juicio Político es promovida por los regidores Francisco Cuervo Mejía, María Eugenia Hernández Bazán, Dora Emilia Coronel Yáñez, Marisela Ánimas Ángeles, Norma Rubicelia Rodríguez Cruz, Nicolás de Jesús Hernández Camacho, Rosa Vicencio Hernández, Pedro Antonio Zamora, Verónica Fabiola Jiménez Alcubilla y Héctor Bustillo Quintana, con excepción del síndico en funciones, Francisco Antonio San Agustín.
En la sesión se tomó el acuerdo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, en relación con el artículo 18 de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado, a fin de turnarla.
Y aunque hasta ahora el cabildo no ha dado a conocer mayores detalles, cabe mencionar que la ciudadanía percibe ingobernabilidad en la administración de la alcaldesa Blanca Lilia Arrieta, quien ha dejado acéfalo el ayuntamiento durante sus constantes viajes al extranjero, para lo cual no ha tenido autorización del cabildo.
Las leyes refieren que el juicio político es un procedimiento mediante el cual se puede sancionar a los servidores públicos por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho, lo que puede llevar a la destitución e inhabilitación de los funcionarios responsables.
En esta hipótesis, la presidenta municipal estaría en la antesala de no poder concluir su mandato, el cual termina el 31 de diciembre del año en curso.
