Xalapa.- Impedir la “herencia” de cargos de elección popular a hermanos, hijos, padres o cónyuges de gobernantes en el poder contempla la reforma a la Constitución formulada este jueves en el pleno del Congreso de Veracruz.

Con lo anterior se evitaría la consolidación de “dinastías” de alcaldes en los municipios, pertenecientes a una sola familia, expuso el autor de dicha propuesta, Henri Christophe Gómez Sánchez, del grupo legislativo de Morena.

“El poder no debe heredarse entre un puñado de familias” dijo el funcionario, y añadió que dicho filtro, en caso de ser aprobado, se aplicaría en las elecciones de Gobernador y Presidentes Municipales.

Gómez Sánchez plantea modificar el artículo 43 de la Constitución agregando un párrafo que diría que para ser Gobernador del Estado se requiere:

“No tener parentesco de consanguinidad en los cuatro primeros grados, ni de afinidad en los dos primeros, con la Gobernadora o el Gobernador saliente”.

Asimismo, el Artículo 69 establecería que para ser alcalde se requiere “no tener parentesco de consanguinidad en los cuatro primeros grados, ni de afinidad en los dos primeros, con la presidenta o presidente municipal saliente”.

La hipótesis del diputado Gómez Sánchez se sustenta que en los ayuntamientos las candidaturas han sido heredadas de padres a hijos o hijas, primos, primas, tíos, tías, nietos, nietas, cuñados y cuñadas.

Citó de ejemplo en el documento los municipios de Acatlán, Acayucan, Ángel R. Cabada, Banderilla, Boca del Río, Cosamaloapan, Chiconquiaco, Jáltipan, Martínez de la Torre, Misantla, Pánuco, San Rafael, Santiago Tuxtla, Tonayán y Veracruz.

Dijo que el parentesco por consanguinidad se extiende a padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos; hijos, nietos, bisnietos, tataranietos; hermanos, medios hermanos, tíos y sobrinos carnales, primos hermanos, tíos y sobrinos segundos carnales.

Por lo que el proyecto adiciona la fracción VIII al artículo 43 y se adiciona un último párrafo al artículo 69 de la Constitución Política del Estado de Veracruz.

Por ALF