Coatzintla, Ver. – Al entrar oficialmente en vigor este jueves 11 de junio las reformas, adiciones y derogaciones aprobadas al Código Civil de Veracruz, el Coordinador Regional de la Zona Registral Poza Rica que abarca 8 municipios de la zona norte, Víctor Barragán Islas, destacó que, en el caso de los Coatzintecos, tienen novedades relevantes en cuanto a tramites que tiene que ver con los hijos, los divorcios y otros rubros.

Señaló que tales modificaciones aplican para las 212 oficinas del Registro Civil en la entidad, por lo que ya lo ha hecho extensivo el director general del Registro Civil en el estado, Manuel Arturo Domínguez Galván.

Puso como ejemplo el Artículo 47 que refería que los hijos de matrimonio llevarán el nombre o nombres propios que les impongan sus padres, seguidos del primer apellido del padre y del primer apellido de la madre.

Actualmente, con la reforma, ese artículo ordena que «Las hijas e hijos de matrimonio llevarán el nombre o nombres propios que les impongan su madre o su padre, seguidos de sus apellidos en el orden en que éstos decidan».

Sin embargo, agregó que, en este caso, puede ser uno u otro el que decida y no precisamente ambos, aunque en la práctica pudiera ser que termine en decisión bilateral.

Ahora, ese Artículo queda como sigue; «Las hijas e hijos nacidos fuera de matrimonio llevarán el nombre o nombres que les impongan quien o quienes hagan el reconocimiento, seguidos del primer apellido de la madre y el del padre, en el orden que estos acuerden; Si solamente hace el reconocimiento la madre o el padre, llevarán los dos apellidos de quien haga el reconocimiento». Hay mayor libertad de los padres para tomar esa decisión.

Con la modificación, el mismo artículo queda como sigue; “En el divorcio por mutuo consentimiento, aprobado el convenio, el órgano jurisdiccional emitirá la sentencia correspondiente con la cual concluirá el juicio de divorcio, ordenando se comunique esta resolución al encargado del Registro Civil».

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