Donald Trump cancelado: decisión correcta, reglas incorrectas | Artículo

Existen tres opciones principales sobre la mesa: mejorar el esquema actual, reemplazarlo por un esquema de “cero censura” o sustituirlo por un marco regulatorio diseñado por un colectivo de naciones

La decisión de clausurar las cuentas de Donald Trump tomada por las principales redes sociales fue correcta. Pero de la correcta aplicación de las reglas vigentes no se sigue que estas reglas sean correctas. Y es que lo ocurrido en el caso de Trump ha colocado el reflector en la necesidad de modificar el marco que norma la libertad de expresión y la censura en las redes.

Las decisión

De acuerdo con el marco normativo actual, las redes sociales no son legalmente responsables de lo publicado por sus usuarios. Pero las redes sociales pueden remover contenidos por dos razones principales.

En primer lugar, remueven contenido ilegal, como la pornografía infantil, materiales terroristas o publicaciones que infringen los derechos de autor. Aunque de acuerdo con la Sección 230 de la Ley de Decencia en Comunicaciones no se puede castigar a las redes por la aparición de este contenido, éstas colaboran rastreándolo y retirándolo.

En segundo lugar, las redes remueven contenido que es legal, pero que viola códigos de conducta establecidos por las propias compañías. Publicaciones que fomentan la anorexia, que muestran masacres o suicidios o que ejemplifican discriminación pueden no ser ilegales. Pero ni empresas como Facebook o Twitter ni sus usuarios quieren verlas circulando en sus plataformas.

Uno puede argumentar que al ser líder de facto y al convocar o azuzar a grupos como los Proud Boys, la cuenta de Trump se había acercado demasiado a organizaciones terroristas. Es decir, que la cuenta de Trump exhibía un comportamiento rayano en lo ilegal.

Esta posibilidad amerita una discusión independiente y no es mi intención lidiar aquí con la naturaleza o definición de “terrorismo”. Para efectos de este análisis lo importante es que, aun si aceptamos que publicaciones y llamados de Trump son legales, éstos son claramente violatorios de los códigos internos que actualmente emplean las plataformas que han clausurado sus cuentas.

Aunque las políticas de cada plataforma son oscuras, es claro que la cuenta de Trump recibió un trato excepcional durante los últimos cuatro años. La cuenta de cualquier usuario convencional que hubiese publicado algo semejante a lo que durante años han compartido las cuentas de Trump hubiese sido clausurada inmediatamente.

Las condiciones para este trato excepcional fueron establecidas en 2016 y 2017, cuando las principales redes sociales doblaron sus propias normas con el propósito específico de no censurar a Trump. Por ejemplo, Facebook introdujo una clausula de “contenido noticioso relevante” e “interés público”.

Esta decisión implicó un auténtico contrasentido. Las redes sociales se volvieron más tolerantes con el discurso de políticos poderosos, a pesar de las evidencias que señalan que ese discurso es más impactante que el de las usuarias y usuarios promedio.

La forma en que se tomó la decisión de doblar las reglas para luego desdoblarlas exhibe que los criterios para establecer los códigos internos en estas compañías son poco transparentes y, por ende, es difícil saber cuál es la lógica que se sigue y evaluar su consistencia.

Con base en lo que sabemos, las decisiones de censura o bloqueo de las grandes plataformas pueden terminar en manos de una sola persona -por ejemplo, en el escritorio de Mark Zuckerberg-. Lo cierto es que el establecimiento de esos criterios es evidentemente maleable o puede responder a intereses comerciales.

Es importante notar que el resultado de este esquema no ha sido el exceso de censura, sino su ausencia. Hasta hace muy poco, las plataformas defendían una concepción de libertad de expresión casi irrestricta; su política era una de no intervención.

El motivo: Facebook o Twitter se benefician económicamente de hacer su paraguas lo más amplio posible; mientras más usuarios existan, mejor para ellas. El discurso de odio y el contenido falso son especialmente lucrativos, pues obtienen más interacciones.

También es evidente que la opacidad y discrecionalidad dejan vulnerables a individuos que defienden causas democráticas genuinas, pero molestas o irrelevantes para las principales redes. Por fortuna, el caso de Trump no cae en este supuesto.

En consecuencia, aunque la decisión de clausurar las cuentas de Donald Trump fue correcta al implementar correctamente a las reglas vigentes, de esta implementación no se sigue que las reglas sean correctas.

Las reglas

El caso de Trump ha colocado el reflector en la necesidad, conocida desde hace tiempo, de modificar el marco que actualmente norma la libertad de expresión y la censura en las redes sociales. La pregunta obligada es, ¿cómo cambiar este marco? Me parece que tenemos tres opciones principales sobre la mesa.

1) La primera es apostar por mantener el esquema actual, pero corregir sus deficiencias y mejorarlo.

Como hemos visto, la opacidad y la discrecionalidad son problemas cruciales detrás del proceso de clausura a las cuentas de Trump. Ambos problemas pueden ser atajados directamente si las redes se apegaran a tres principios fundamentales: explicitación y transparencia de los criterios utilizados, claridad en la explicación de los criterios violados a los usuarios que son censurados y la posibilidad de que estos usuarios apelen a las decisiones de censura que consideren improcedentes.

Una ventaja de esta solución es que no implica descubrir el hilo negro. Se trata de una ruta de acción que está ya definida -incluso se encuentra delineada en los principios de Santa Clara- y aceptada por consenso. Además, gradualmente y gracias en buena medida a la presión de anunciantes y de sus empleados, las redes sociales han dado algunos pasos en este sentido.

Aunque claramente representaría un avance con respecto al esquema actual, una solución de esta naturaleza tiene un defecto importante: al final del día, los criterios de libertad de expresión y censura de cada compañía son establecidos por sus directivos y están orientados, en el mejor de los casos, por anunciantes y empleados.

Es decir, un esquema de esta naturaleza continúa presuponiendo que particulares, movidos por intereses comerciales, pueden establecer los criterios óptimos y justos para regir los principales espacios de discusión pública en el mundo.

2) La segunda solución es apostar por un escenario de libertad de expresión “total” en redes sociales; es decir, en obligar a las redes sociales a no censurar a sus usuarios. Este es probablemente el escenario que AMLO tiene en mente cuando habla de que el principio rector tendría que ser “prohibido prohibir”.

Pero este enfoque incurre en un error conceptual básico. La idea de libertad de expresión absoluta es un mito. Los actos de habla siempre tienen lugar en un ambiente lleno de convicciones, prejuicios, cosas que se asumen y percepciones que estructuran el mundo social. Quizás el ejemplo más tosco de ello es que cuando alguien habla solemos callar para escuchar: si todos habláramos al mismo tiempo no podríamos dialogar.

Además, tal como ha subrayado Stanley Fish, es falso que la única esfera de expresión relevante sea la que proviene de la laringe -o de lo que se teclea en una red social-. Los actos de habla de unas personas pueden terminar socavando el reconocimiento de la igualdad de otras personas

Este enfoque también implica errores prácticos elementales. En primer lugar, estas plataformas tienen la facultad, protegida en Estados Unidos por la Primera Enmienda, de curar sus contenidos como mejor les parezca; es decir, no tienen la obligación de expresar todo lo que sus usuarios decidan publicar.

En segundo lugar, la idea central de contar con políticas para censurar contenido legal es evitar que las redes se conviertan en lodazales intransitables. Si no se retirase toda la basura, la libertad de expresión, y con ella las redes sociales, terminarían sirviendo muy poco a la que es quizás su función más importante: la construcción del discurso cívico. En el peor escenario, tal como el caso de Parler demuestra, las redes podrían ser utilizadas abiertamente para planear actos coordinados de violencia física.

En consecuencia, esta opción es inaceptable.

3) La tercera posibilidad es que un número importante de países llegue a acuerdos que obliguen a las plataformas a cumplir con normas que se alineen con estándares de derechos humanos internacionales.

Un problema inicial de esta solución es que actualmente no hay consenso de cómo establecer estas normas y es previsible que no todas las naciones estarán de acuerdo con lo que termine determinándose.

Otro problema, particularmente importante en el caso de Estados Unidos, es la necesidad de encontrar un fundamento conceptual para este proceso. Como hemos visto, en ese país el derecho a la libertad de expresión protege a las plataformas contra la obligación de retirar contenidos o de publicarlos.

En este sentido, ya se discuten distintas opciones para introducir una base conceptual que permita limitar la libertad de expresión de las plataformas.

Una forma podría ser tomar casos existentes en otros ámbitos y predicarlos al caso de las plataformas. Un ejemplo de ello sería dar a las plataformas un trato análogo al de la televisión. En Estados Unidos, la escasez del espectro justifica que las cadenas de televisión en ocasiones deban remover discurso legal o que sean forzadas a transmitir contenidos específicos: la idea es que, al ser escaso el número de posibles emisoras, se debe preservar a las que benefician al interés público.

El reto es encontrar un bien escaso que pueda fungir como análogo al espectro. Algunas personas han propuesto que la escasez de atención de los usuarios podría ser ese bien, pero la discusión aún está en pañales.

De las tres opciones disponibles, esta es la única que no enfrenta problemas insorteables. En primer lugar, es conceptualmente viable. En segundo, con ella se evitaría que las redes establezcan sus propios criterios derivados de intereses comerciales o que se conviertan en lodazales inútiles para el discurso cívico.

Conclusión

La decisión de clausurar las cuentas de Donald Trump tomada por las principales redes sociales fue correcta, pero el marco vigente al que esta decisión alude es incorrecto. Lo complicado no es entonces encontrar motivos para rechazar el marco actualmente vigente, sino establecer los criterios de un nuevo marco que termine reemplazándole.

En este contexto, existen tres opciones principales sobre la mesa: mejorar el esquema actual, reemplazarlo por un esquema de “cero censura” o sustituirlo por un marco regulatorio diseñado por un colectivo de naciones y acorde a estándares internacionales.

Las primeras dos opciones son inconsistentes o contraproducentes. La tercera implica un enorme trabajo conceptual y técnico. Dado que es la única opción viable, esta tendría que ser nuestra apuesta.

Por Antonio Salgado Borge

Publicado por aristeguinoticias.com


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