Mónica Claudio Casados, regidora segunda comisionada en Igualdad de Género y el Instituto Municipal de la Mujer, tras la publicación del Decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este martes, donde se reforma la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias, es un paso en favor de las mujeres, toda vez que se crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Resaltó que dicho decreto en su Artículo Artículo 135 sexties, señala que “las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias».
Detalló que antes, la mujer demandaba pensión alimentaria para sus hijos y el esposo se amparaba o recurría a alguna influencia y no pasaba nada, y como siempre, los más perjudicados eran los hijos pero ahora con esta reforma, la situación cambió en favor de las mujeres y los niños.
Entre los trámites y procedimientos que podrán requerir la expedición de ese certificado están la obtención de licencias y permisos para conducir; pasaporte o documento de identidad y viaje; para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular; para participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal.
Incluye los trámites que e realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, y en las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene.
Quienes tengan adeudos alimentarios por demanda ante un juez, no podrán realizar ninguno de estos trámites.