miércoles, mayo 1, 2024
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Congreso de Veracruz aprueba el concubinato sin distinción de sexo

El Congreso de Veracruz aprobó por mayoría de 35 votos a favor, 14 en contra y cero abstenciones, las reformas al Código Civilque legaliza el concubinato entre personas sin distinción de sexo y con los derechos inherentes al matrimonio.

Con la reforma también se establece el divorcio incausado o “exprés” y fija la pensión compensatoria hasta que el o los hijos concluyan su formación profesional, pero los diputados de Morena y partidos aliados decidieron unirse a los grupos conservadores y dejar fuera el matrimonio entre personas del mismo sexo, aunque la unión libre de personas sin importar su sexo se consideró una “trampa legislativa”, pues se equipara al matrimonio igualitario.

Concubinos tendrán derechos y obligaciones de un matrimonio

Los legisladores votaron a favor de establecer el concubinato como “la unión de hecho” entre dos personas sin que exista un contrato entre ellos, siempre y cuando ambos se encuentren libres de matrimonio y decidan compartir su vida para apoyarse mutuamente.

Con esta reforma, Veracruz da un paso importante hacia el matrimonio igualitario
Con esta reforma, Veracruz da un paso importante hacia el matrimonio igualitario

Los concubinos podrán adquirir todos los derechos y obligaciones inherentes al matrimonio, incluso sin haber concebido, hecho que causó rechazo en algunos diputados conservadores, como Gonzalo Guízar, quien señaló que reconocer el concubinato como la unión entre dos personas es aprobar el matrimonio igualitario tras bambalinas.

“Es un crimen social, estamos en contra de un concepto antropológico”, afirmó.

Por su parte, la diputada morenista Mónica Robles, quien hace menos de un mes presentó la propuesta, dijo que el matrimonio igualitario sigue siendo una deuda pendiente con la comunidad LGBT, pero celebró la reforma más importante para el Código Civil de Veracruz desde su promulgación hace 80 años.

En la nueva disposición legal también se establecen los protocolos con los que los órganos jurisdiccionales deberán atender los casos de violencia familiar, así como las medidas de protección ya contempladas por la ley como la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima.

Además, se determinan las disposiciones sobre la custodia de los hijos ante separaciones y el pago de la manutención, y contempla que los hijos podrán llevar el primer apellido de la madre si existe ese consenso entre los procreadores.

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